martes, 1 de abril de 2008

Una agencia de viajes (española) deberá indemnizar a mieleros sorprendidos por dos huracanes















Una agencia de viajes (española) deberá indemnizar con 4.333 euros a unos recién casados sorprendidos por dos huracanes
SANTANDER, 20 (EUROPA PRESS)

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a Viajes Marsans a indemnizar con 4.333 euros a una pareja de recién casados que se vieron sorprendidos por dos huracanes durante su luna de miel en Punta Cana. La agencia de viajes deberá compensar a la pareja tanto por los días de viaje que no pudieron llegar a disfrutar, como por daños morales, según se establece en una sentencia hecha pública hoy.

La Audiencia sostiene que la agencia no puede considerar los huracanes causa de fuerza mayor para evitar su responsabilidad, ya que, como especialista en la organización de viajes y teniendo en cuenta las fechas del contratado por la pareja --en el mes de septiembre--, podía prever la presencia de huracanes y no advirtió a los viajeros de ello.

Según dice la Sala, la agencia "conoce con absoluta certeza que en esas fechas sistemáticamente se producen" huracanes de mayor o menor intensidad en la zona que "interrumpen el disfrute del viaje y ponen en peligro incluso la integridad y la vida de los clientes". En consecuencia, tiene un "deber legal y contractual" de comunicar a sus clientes el "riesgo" que aceptan si firman el contrato, pero no lo hizo y con ello "no les dio siquiera la posibilidad de reflexionar" al respecto.

Al mismo tiempo, la Audiencia recalca que la agencia tiene que ser "diligente" durante el viaje para conocer la evolución de los temporales y huracanes y adoptar medidas y, en este caso concreto, afirma que la llegada de los dos huracanes --Iván y Jeanne-- fue detectada "con antelación" y sin embargo la pareja tuvo que permanecer en su hotel, sin que se les ofreciera la posibilidad de regresar a España o trasladarse a otra zona alejada del huracán.

En la sentencia se rechazan además los argumentos del Juzgado de Instrucción número 6 de Santander, que en una sentencia dictada en enero de este año dio la razón a la agencia de viajes alegando que si la agencia pudo prever los huracanes, también pudo haberlo hecho el cliente.

La Audiencia, que estima el recurso de la pareja contra dicha sentencia y condena a la agencia de viajes, subraya que no se puede comparar el conocimiento de la zona que tiene la agencia --"dedicada profesionalmente a prestar esos servicios"-- con el de los viajeros.

"El cliente no tiene medios, ni obligación de obtener información por su cuenta y riesgo. Por ello va a viajar por medio de agencia, y no a su riesgo y ventura", sostiene la Audiencia, que además, recuerda que el cliente paga para que sea la agencia la que se ocupe de la organización del viaje.

.......................................................................................................

La noticia que posteamos, no es nueva (data del 20/11/07) y se ocupó de comentarla con la claridad que acostumbra, el colega Ramon Arcarons i Simon en VIAJES MARSANS DEBERÁ PAGAR A UNA PAREJA, como así también en VIAJES MARSANS DEBERÁ PAGAR A UNA PAREJA.

Nosotros no hemos accedido al fallo (que será bienvenido para subirlo como jurisprudencia extranjera, si algún colega lo quiere aportar).

Comentamos esta noticia en "¿Lo público y notorio también hay que informarlo?"

No hay comentarios: